Allende Rosario llama a la población hacer el traspaso cuando compramos un vehículo
Por Ruddy Dotel
El especialista en materia de tránsito licenciado Allende Rosario Tejada exhortó a la ciudadanía que cuando venda un vehículo de motor que registre el acto de venta y realice el traspaso a favor del comprador en Impuestos Internos para no tener responsabilidad por un accidente futuro. “Muchas personas por desconocimiento han sido citado a un tribunal por demanda o querella con sentencia de uno o dos millones de pesos por no traspasar o registrar la venta".
Debemos saber que cuando se vende un vehículo esa propiedad debe pasar al comprador como lo señala la Ley 241 "que dice que para no ocasionar una responsabilidad civil, hay que traspasar el vehículo o tener los impuestos pago".
Rosario Tejada señala que es castigado la persona en caso de accidente, que tras vender el vehículo no realizó el traspasó en Impuestos Internos o no registró ese acto de venta. El mismo puede ser oponible a un tercero, que en caso de accidente lo eximí de responsabilidad. La persona que hizo el acto de venta y no lo registró con fecha antes del accidente es responsable automáticamente siendo demandado.
La Suprema Corte de Justicia dice que la única forma de una persona eximirse de responsabilidad cuando es demandado por un accidente de tránsito son dos: Cuando se ha registrado el acto de venta y se ha hecho el traspaso o cuando los impuestos están pago, pero ha dicho este tribunal que la prueba por excelencia es la certificación de Impuestos Internos. Cuando un abogado que vaya a demandar una persona que tuvo un accidente lo primero que tiene que hacer es ir a Impuestos Internos y buscar una certificación y en nombre de quien está la misma.
Por Ruddy Dotel
Debemos saber que cuando se vende un vehículo esa propiedad debe pasar al comprador como lo señala la Ley 241 "que dice que para no ocasionar una responsabilidad civil, hay que traspasar el vehículo o tener los impuestos pago".
Rosario Tejada señala que es castigado la persona en caso de accidente, que tras vender el vehículo no realizó el traspasó en Impuestos Internos o no registró ese acto de venta. El mismo puede ser oponible a un tercero, que en caso de accidente lo eximí de responsabilidad. La persona que hizo el acto de venta y no lo registró con fecha antes del accidente es responsable automáticamente siendo demandado.
La Suprema Corte de Justicia dice que la única forma de una persona eximirse de responsabilidad cuando es demandado por un accidente de tránsito son dos: Cuando se ha registrado el acto de venta y se ha hecho el traspaso o cuando los impuestos están pago, pero ha dicho este tribunal que la prueba por excelencia es la certificación de Impuestos Internos. Cuando un abogado que vaya a demandar una persona que tuvo un accidente lo primero que tiene que hacer es ir a Impuestos Internos y buscar una certificación y en nombre de quien está la misma.

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