I.- La profesión de
abogado
1.- Conociendo el medio social nuestro comprendemos el
tortuoso camino que tiene que recorrer un licenciado o doctor en Derecho hasta
llegar al ejercicio de su oficio, luego de transcurrido un largo tiempo para
conocer la fuente de su actividad la cual descansa en las costumbres, la
doctrina y la jurisprudencia.
2.- A los graduados en la escuela y la facultad de Derecho sólo
el tiempo los califica como abogados, letrados, jurisconsultos, juristas,
jueces, árbitros o fiscales. Pero no importa lo que han sido o son; lo que sí hay
que tomar en cuenta es si han mantenido en su ejercicio profesional, aún en los
momentos más difíciles de sus vidas, los principios sobre los cuales debe
descansar su actividad, y han hecho suyo el adagio: “Quien comienza en juventud
a bien obrar, señal es de no errar en senectud”.
3.- El hombre o la mujer del Derecho rebaja su obra o la
eleva, con su actitud en la vida profesional, pública y privada. La forma
asumida ante un hecho va a ser juzgada no por una persona actuando en función
de juez o árbitro, sino por el pueblo, por la sociedad donde realice sus
actividades.
4.- Los licenciados y doctores en Derecho aprenden en la
universidad los principios generales del Derecho; les enseñan lo que son las
instituciones, las personas, las hipotecas, los privilegios en general; los
principales contratos, los procedimientos, etc. Pero en el ejercicio de la
profesión encuentran todo un laboratorio en el cual han de analizar fríamente cómo
actuar y proceder. El ejercicio de la profesión de abogado es un sacerdocio, y
para cumplirlo cabalmente se requieren condiciones que muchas veces no dependen
de las aptitudes personales del individuo. El medio influye de una manera
determinante en la conducta del abogado.
5.- La situación concreta de nuestro país, la base económica
y social alrededor de la cual se levanta la estructura legal, muchas veces
asfixia a algunos abogados y abogadas. Pero aquellos que proceden de un hogar
de sólidas costumbres vencen las adversidades, entierran las malas tentaciones
y, por encima de sus necesidades más perentorias, ponen la moral, la
honestidad, la ética y la responsabilidad, no solamente como abogados y
abogadas, sino también como hombres y mujeres de bien.
6.- Lo fundamental es que cada profesional del Derecho haga
un aporte al país como hijo de este pueblo; ¿cómo servirle al país como
profesionales? Ejerciendo su profesión con altura, dentro de los principios de
la ética y la honestidad, todo acompañado con espíritu de sacrificio y con
mucha sensibilidad.
7.- Las relaciones del individuo con la sociedad, la combinación
del interés personal y el social ha sido siempre el problema principal de la
moral. Estas relaciones, que tienen su origen en determinadas relaciones jurídicas,
económicas y que en cierto sentido son un aspecto de ellas, dejan su impronta
en todo el accionar del ser humano, en las formas de su trato con las demás
personas.
8.- Cada época histórica tiene su moral imperante;
corresponde a cada persona sin compromiso con el pasado, y no comprometida con
lo negativo del presente, levantar los principios sobre los cuales descansa la
moral de los profesionales: la moral de un profesional sin egoísmo, sin
prejuicios, sin apetencias personales desmedidas, en fin, un profesional digno
de una sociedad nueva que descanse en valores.
9.- El o la profesional del Derecho interesado por alcanzar
la decencia debe buscar la moral no en base a normas, sino en la existencia
social de los seres humanos; comprender en virtud de qué ceden el puesto a
otros principios una norma de comportamiento; descubrir por qué es inevitable
el triunfo de los principios y las normas de una moral nueva; para una sociedad
nueva, para un profesional nuevo del Derecho. Las normas morales abarcan la
conducta de las personas no sólo en el marco de la vida privada, sino en todo
el comportamiento del individuo con respecto a las demás personas y a la
sociedad.
II.- La ética del abogado
10.- Es de singular importancia que cada abogado o abogada
vea la ética como la máxima expresión de la moral; la forma específica de la
conciencia social y profesional; la piedra de toque del progreso moral del
hombre o la mujer que se pone la toga, no para hacer de ella el paño con el
cual encubre sus actos negativos, sino la bandera negra que cubre el cuerpo de
los hombres y las mujeres que luchan en los estrados por defender la verdad, aún
cuando esa verdad conlleve la puesta de su cuerpo exánime en la tumba.
11.- Los actos corruptos, las maniobras extrañas en el
ejercicio de la profesión de abogados y abogadas, tienen que ser eliminadas. El
ejemplo de los profesionales promiscuos no puede ser imitado; muy al contrario,
frente a esas censurables conductas, portadoras de los peores vicios de la
sociedad dominicana, los abogados y abogadas decentes deben mantenerse
vigilantes, levantando como modelo de ética y moral a aquellos profesionales
del Derecho que simbolizan y siguen siendo el ejemplo del abogado y la abogada
que ejerce su profesión honestamente.
12.- Aquellos que argumentando “que ya toda la clientela está
repartida entre un grupo de abogados y que en lo adelante será muy duro
subsistir en nuestro medio”, son los mismos que se colocan al margen de la
decencia y de la honestidad para pisotear la ética y la moral profesional.
13.- Esa es la tesis, poco socorrida por feliz casualidad,
de los que estimulan al ejercicio del tigueraje deshonesto de la profesión;
esos pronunciamientos hay que ignorarlos; hay que tomar el ejemplo de los
colegas que han resistido todas las tentaciones mezquinas y se mantienen
firmes, teniendo como norte el ejercicio honesto y honrado. El abogado o
abogada tiene que revestirse de un espíritu de sacrificio, y saber que como
miembro de la sociedad donde ejerce su profesión debe servirle no solamente a
aquel que va a su bufete con el “buen caso” que produce altos honorarios, sino
también al desamparado de la fortuna, pero que defiende una causa justa.
III.- Los profesionales del Derecho.
El dinero y la ética
14.- Los profesionales del Derecho no deben desesperarse en
su ejercicio por obtener amplios recursos económicos; el dinero no da talento,
capacidad ni méritos. Algunas veces sólo sirve para satisfacer apetencias
desmedidas. La generalidad de las inconductas de los abogados y abogadas es
fruto de su ambición por llegar a tener cosas materiales utilizando como medio
el ejercicio de la profesión, como si fuera tan difícil obtener dinero en un
medio como el nuestro donde se ha llegado a aplicar el criterio de que todo se
vale.
15.- Hacer dinero es tan fácil que hasta con un susto se
logra adquirir esa mercancía, sin tener que permanecer veinte años estudiando. El
que trafica con drogas pasa sustos, pero no ha requerido estudios, sacrificios
ni talento para hacer dinero.
16.- La profesión de abogado no es para hacer riquezas, sino
para aportar un servicio a la sociedad donde se ejerce; ella da prestigio y
permite una vida digna y decente; aquel abogado o abogada que se desespera y
persigue obtener dinero sin importar los medios, termina mal, renegando de la ética
y la moral profesional
17.- Conocemos colegas sumamente inteligentes, laboriosos,
organizados, y con su ejercicio profesional han hecho una gran fortuna económica,
pero poniendo sus buenas cualidades profesionales para hacer dinero a la
carrera, vulnerando la decencia y la ética profesional.
18.- En el seno de los abogados y abogadas hay hombres y
mujeres de la toga y el birrete que pueden servirles de ejemplo de buen
comportamiento a la presente y futuras generaciones; han sido y son ejemplos de
superación, progreso y modelo de conducta en el ejercicio de su profesión.
IV.- La vivencia de un profesional ejemplo de ética
19.- Aprovecho este escrito para traer a colación la
experiencia que vivió hace unos meses un colega de mi promoción, residente en
la ciudad capital. Un cliente le solicitó una consulta sobre un asunto en curso
ante un tribunal; él emitió su criterio, y el cliente le pagó sus honorarios.
20.- Luego, a los pocos días, el mismo cliente le solicitó una
consulta en la que le requería trazarle una estrategia para lograr que se
reenviara el conocimiento de una demanda en ejecución de sentencia, a como
diera lugar. La respuesta de mi amigo no se hizo esperar, contestándole:
“Por razones éticas, no puedo recomendar estrategia a
persona alguna para posponer el conocimiento de un asunto, salvo cuando se
presenta una irregularidad o vicio que impidan la celebración de una audiencia,
o impongan una posposición de la misma, lo que no aprecio suceda en la especie”.
“Siempre hay múltiples marrullas para impedir el conocimiento de un asunto,
pero no está en el estilo de mi ejercicio profesional recomendar ninguna de
ellas, por eso me limito a reiterarle lo que válidamente le es dable hacer a
esa empresa en ocasión de la referida demanda”.
21.- Mi amigo y colega perdió el cliente, y también el
dinero que podía recibir por concepto de esa consulta, pero sé que él no se
lamenta porque procedió conforme a su conciencia, dentro de la ética y la moral
como profesional del Derecho.
22.- Por último, este escrito se lo dedico, desde lo más
profundo de mi corazón, al doctor Julio Aníbal Suárez, ejemplo de honradez,
honestidad y laboriosidad como profesional del Derecho y juez, y con él a todos
los abogados, abogadas, magistradas y magistrados que han puesto y ponen la ética
y la moral profesional, como norma de comportamiento en sus diferentes
actividades. Fuente El Caribe


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