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Tribunal rechaza recurso hábeas corpus con que Temístocles Montás pretendía su liberación


SANTO DOMINGO.- Un tribunal de esta jurisdicción rechazó hoy un recurso de hábeas corpus mediante el cual el ministro de Industria y Comercio, Temístocles Montás, pretendía recobrar su libertad, después de que fuera encarcelado la víspera por su presunta implicación en el caso de los sobornos de Odebrecht.

El fallo fue emitido por el juez Franny Manuel González Castillo, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, quien fuera apoderado ayer lunes de la solicitud de Montás, a través de los abogados Manuel Alejandro Rodríguez y José de Jesús Bergés Martín.

El magistrado González Castillo consideró “improcedente” la acción de hábeas corpus elevada por Montás en contra de la orden de arresto dictada por el juez de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Antonio Ortega Polanco.

Dice el fallo: “La presente reclamación es improcedente al pretender frenar y ser obstáculo procesal de la Etapa Preparatoria del Proceso Penal de la cual se encuentra apoderada la Suprema Corte de Justicia, así como de la persecución de los delitos y los infractores del órgano acusador oficial del Estado, al tenor de los artículos 169 de la Constitución y 73 y 381 del Código Procesal Penal”.

Además, establece que “El tribunal no extrae algún acto y acción de la que se desprenda que la libertad del sector Juan Temístocles Montás fuese restringida o privada de manera ilegal o arbitraria, toda vez que en el plano fáctico se establece que dicho impetrante fue detenido mediante Orden de Arresto emitida por una autoridad competente, por lo que está sujeto a un proceso penal vigente, lo que implica existencia de vías ordinarias para la obtención de libertad de dicho impetrante, o de la reintegración de los derechos que se alegan vulnerados”.

El juez también consigna en su fallo que la acción de hábeas corpus es procedente cuando las personas se encuentran privadas de libertad de manera ilegal o estén amenazadas de ello.

“Mal podría este tribunal interrumpir, frenar y ser obstáculo del proceso penal seguido a dicho impetrante por ante la Suprema Corte de Justicia, así como para frenar la investigación y persecución de los delitos y los infractores”, agrega.

Montás fue detenido el lunes junto a otras nueve personas en el marco de una investigación abierta por la Procuraduría General por los sobornos, por unos 92 millones de dólares, pagados por la constructora Odebrecht para conseguir la adjudicación de obras del Estado entre el 2001 y 2014. 7Dias.com

SANTO DOMINGO.- Un tribunal de esta jurisdicción rechazó hoy un recurso de hábeas corpus mediante el cual el ministro de Industria y Comercio, Temístocles Montás, pretendía recobrar su libertad, después de que fuera encarcelado la víspera por su presunta implicación en el caso de los sobornos de Odebrecht.
El fallo fue emitido por el juez Franny Manuel González Castillo, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, quien fuera apoderado ayer lunes de la solicitud de Montás, a través de los abogados Manuel Alejandro Rodríguez y José de Jesús Bergés Martín.
El magistrado González Castillo consideró “improcedente” la acción de hábeas corpus elevada por Montás en contra de la orden de arresto dictada por el juez de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Antonio Ortega Polanco.
Dice el fallo: “La presente reclamación es improcedente al pretender frenar y ser obstáculo procesal de la Etapa Preparatoria del Proceso Penal de la cual se encuentra apoderada la Suprema Corte de Justicia, así como de la persecución de los delitos y los infractores del órgano acusador oficial del Estado, al tenor de los artículos 169 de la Constitución y 73 y 381 del Código Procesal Penal”.
Además, establece que “El tribunal no extrae algún acto y acción de la que se desprenda que la libertad del sector Juan Temístocles Montás fuese restringida o privada de manera ilegal o arbitraria, toda vez que en el plano fáctico se establece que dicho impetrante fue detenido mediante Orden de Arresto emitida por una autoridad competente, por lo que está sujeto a un proceso penal vigente, lo que implica existencia de vías ordinarias para la obtención de libertad de dicho impetrante, o de la reintegración de los derechos que se alegan vulnerados”.
El juez también consigna en su fallo que la acción de hábeas corpus es procedente cuando las personas se encuentran privadas de libertad de manera ilegal o estén amenazadas de ello.
“Mal podría este tribunal interrumpir, frenar y ser obstáculo del proceso penal seguido a dicho impetrante por ante la Suprema Corte de Justicia, así como para frenar la investigación y persecución de los delitos y los infractores”, agrega.
Montás fue detenido el lunes junto a otras nueve personas en el marco de una investigación abierta por la Procuraduría General por los sobornos, por unos 92 millones de dólares, pagados por la constructora Odebrecht para conseguir la adjudicación de obras del Estado entre el 2001 y 2014.
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