Por Carlos Arturo Guisarre. La semana pasada, el ministro de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), Víctor Bisonó, minimizó la relación económica entre República Dominicana y Venezuela, aludiendo al bajo balance comercial.
Sin embargo, no señaló que al Gobierno de Nicolás Maduro el país le debe US$214.3 millones. Esa deuda bilateral está registrada en las cifras de la Dirección General de Crédito Público, del Ministro de Hacienda.
Bisonó había dicho que la ruptura diplomática con el chavismo, a raíz del fraude electoral del pasado 28 de julio, no afectaría el comercio internacional total dominicano, pero está por verse el destino de esa deuda, ahora que el Gobierno de Nicolás Maduro tiene a República Dominicana en la mirilla, por las posiciones del Gobierno de Luis Abinader sobre los comicios venezolanos.
Incluso el presidente de Panamá, José Raúl Mulino, un enemigo declarado del chavismo, propuso a República Dominicana como sede de una cumbre de jefes de Estado para abodar el “problema de Venezuela“, bajo el alegato, dice, de que todos se juntarán en la toma de posesión de Abinader, que tiene lugar el próximo 16 de agosto, en el Teatro Nacional.
¿Qué implica que cuando un país le debe a otro?
Cuando un país le debe dinero a otro, las implicaciones en el derecho internacional pueden ser complejas y multifacéticas. La deuda puede influir en las relaciones diplomáticas entre los países involucrados. El país acreedor puede tener una influencia política sobre el país deudor, lo que podría afectar las negociaciones en otros temas internacionales.
Igualmente, la deuda externa puede limitar la soberanía de un país deudor, ya que las condiciones de pago o reestructuración pueden imponer restricciones a su política económica y fiscal. Los acuerdos de deuda a menudo vienen con condiciones que pueden afectar la política interna del país deudor. Estas condiciones pueden ser impuestas por organismos internacionales, además del país acreedor.
Si un país no puede o no quiere pagar su deuda, puede surgir una disputa legal que se resuelva en tribunales internacionales o a través de arbitraje. Esto puede incluir disputas sobre los términos del préstamo o la interpretación de tratados internacionales. Además, el incumplimiento de pagos o la incapacidad de gestionar la deuda puede llevar a sanciones económicas, pérdida de acceso a mercados financieros internacionales y deterioro de la calificación crediticia del país deudor.
En caso de dificultades para pagar, los países pueden negociar una reestructuración de la deuda, lo que puede implicar la extensión de plazos de pago, reducción de tasas de interés, o incluso rebajas parciales de la deuda. Del mismo lado, la gestión de la deuda puede tener importantes implicaciones sociales y políticas dentro del país deudor, afectando el gasto público y potencialmente generando inestabilidad política si las medidas de austeridad son impopulares.
No obstante, ninguna de esas salvedades son relevantes en este caso, puesto que la deuda con Venezuela es solo un 0.38% del total de los compromisos financieros del sector público no financiero dominicano.
Déficit comercial con Venezuela
Tiene razón el ministro de Industria, Comercio y Mipymes cuando se refiere al poco peso que tiene Venezuela en el comercio internacional de República Dominicana, el cual solo suma US$18.89 millones entre enero y junio de 2024, conclusión a la que se llega con datos extraídos de los reportes estadísticos de la Dirección General de Aduanas (DGA).
Ahora bien, República Dominicana mantiene un déficit comercial con Venezuela por valor de US$8.83 millones en los primeros seis meses de 2024, ya que en ese período se exportaron hacia el país sudamericano US$5.03 millones, y se importaron US$13.86 millones.
Ahora bien, ese déficit comercial ha bajado en un -7.46% en enero-junio 2024, debido a que en los primeros seis meses de 2023 el desbalance con Venezuela fue de US$16.29 millones.
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