El Ministerio de Trabajo (MT) reitera a toda la
colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que la
festividad del viernes 16 de agosto “Día de la Restauración”, no se cambia, por
lo que no se trabaja, (por aplicación de la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de
la Suprema Corte de Justicia).
Según el comunicado, la clase trabajadora debe
reintegrarse a sus labores cotidianas el sábado 17 de agosto, según lo
establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo
establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los
establecimientos del país.
El documento explica que en las empresas que por su
naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir
una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo
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