El Ministerio de Trabajo reiteró a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el viernes 16 de agosto, Día de la Restauración, no se trabaja y su carácter no laborable no se cambia.
Dicha disposición la establece el Art. 2 de la Ley 139- 97 cuando la mencionada fecha coincide con el inicio de un periodo constitucional y por mandato de nuestra Suprema Corte de Justicia actuando como órgano de control constitucional que a través de la sentencia 14 del 20 de febrero del 2008, dispuso que este día no se cambia.
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