Los argumentos ofrecidos por el Dr. Leonel Fernández en su reciente
discurso a la nación, permiten confirmar que se han violado la
Constitución y las leyes en la generación del mayor déficit fiscal que
ha tenido el país, en toda su historia, desde que se llevan registros
oficiales.
La reducción de los ingresos a la que alude como una de las causas del
déficit, debió llevarlo como presidente de la República a contraer el
gasto y no a aumentarlo, como lo hizo, violando el artículo 44 de la Ley
de Presupuesto que señala que “las apropiaciones aprobadas por el
Congreso de la República constituyen el límite máximo de gasto, sujeto a
disponibilidad efectiva de los ingresos estimados”.
El aporte que debe hacerse cada año al Banco Central para cubrir el
déficit cuasi fiscal tampoco explica el déficit del año 2012 en razón
de que dicho aporte ya estaba consignado en el presupuesto aprobado por
el Congreso para este año, mientras que el subsidio adicional eléctrico
solo representa un 20% del enorme déficit proyectado para este año y
reconocido en su discurso por el Dr. Fernández.
Una de las causas más importante del déficit ya había sido reconocida
por el ministro Temístocles Montás cuando en declaraciones recientes
señaló que el gasto público se expandió en más de un 2% del PIB porque
el presidente Fernández “entendía” que debía terminar sus obras, lo que
representó un gasto, por encima de lo presupuestado, entre 50 y 60 mil
millones de pesos adicionales.
El déficit puede ser utilizado como un instrumento de la política
económica de cualquier país, pero siempre debe obedecer a ciertas normas
de carácter legal y constitucional, sin cuyo cumplimiento sería ilegal.
En Estados Unidos, por ejemplo, el año pasado el presidente Obama
estuvo a punto de cesar a 800,000 empleados federales y paralizar las
operaciones del gobierno sencillamente porque la mayoría republicana en
la Cámara de Representantes no le había aprobado aumentar el déficit, y
estaba consciente de que gastar un solo centavo por encima del déficit
autorizado comprometía su responsabilidad política y penal.
Sin embargo, en nuestro país, antes de que el Congreso aprobara el 13
de julio de este año la Ley de Presupuesto Complementario, ya el
gobierno, por instrucciones del Dr. Leonel Fernández, según lo declaró
el ministro Montás, había excedido ampliamente el déficit autorizado en
la Ley de Presupuesto General del Estado. La posterior aprobación del
presupuesto complementario no borra las violaciones ocurridas con
anterioridad pues la misma no contiene una amnistía al respecto.
Por otro lado, nos ha generado una profunda decepción que el Procurador
General de la República no cumplió con su deber de realizar una
profunda investigación sobre las causas que generaron el déficit y entre
las motivaciones para rechazar la denuncia interpuesta por Alianza
País, admitió sus sentimientos personales hacia el expresidente, los que
precisamente les impedían conocer y decidir la misma. La declaración
del Licenciado Francisco Domínguez Brito tampoco se refiere a los
contenidos de malversación y sobrevaluación de obras que incluye la
instancia, ni a la posible responsabilidad de los otros funcionarios
señalados, es decir el senador Félix Bautista y el ministro de Obras
Públicas, Víctor Díaz Rúa.
El artículo 123 del Código Penal sanciona con penas de prisión a los
funcionarios públicos “que concierten o convengan entre sí la ejecución
de medidas y disposiciones contrarias a las leyes”, sin importar cuáles
sean estas leyes. Corresponde al ministerio público investigar si
existió esta coalición de funcionarios para violar la Constitución de la
República, cuyo artículo 236 establece que “ninguna erogación de
fondos públicos será válida, si no estuviera autorizada por la ley”, o
que obliga a que el gasto público obedezca a criterios de
transparencia, planificación, eficiencia, prioridad y economía.
En los últimos años se han aprobado leyes importantes que contienen
disposiciones precisamente para evitar lo que enfrentamos este año y
corresponde a la Cámara de Cuentas, al Congreso Nacional y al
Ministerio Público investigar si han sido violadas la ley Orgánica de
Presupuesto, la de Dirección General de Contabilidad Gubernamental, la
del Sistema de Administración Financiera del Estado, la del Ministerio
de Hacienda, la del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo,
la de Planificación de la Inversión Pública, la de Tesorería, la que
instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría
General de la República, la de Crédito Público, entre otras.
La forma en que se gastó el dinero público en los primeros ocho meses
del presente año no puede ser ocultada porque corresponderá al pueblo
pagar las consecuencias con sudor y lagrimas y los detalles terminarán
por salir tarde o temprano, comprometiendo la responsabilidad de los
autores del más grande desafuero económico de los últimos tiempos, y
llenando de vergüenza a los que no cumplieron con su obligación desde
las posiciones que les tocó desempeñar.
Participación Ciudadana lamenta las muertes de las personas por
miembros de la Policía Nacional y recuerda al Presidente Danilo
Medina, que una de las funciones esenciales del Estado es la
protección efectiva de los derechos de las personas, por lo que debe
ofrecer el debido amparo y garantía para el goce y disfrute de los
derechos ciudadanos.
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