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Infracciones a ley de tránsito que causaron mucho ruido y no fueron sancionadas

 Abusos agentes Digesett — El Nacional

Cada cierto tiempo en República Dominicana se hacen virales videos de ciudadanos que infringen las normativas legales y agreden a los policías, que son los de menor jerarquía, con la responsabilidad de procurar que la población las acate.

Algunos casos, que se describirán a continuación, principalmente de violaciones a las leyes de tránsito, aunque generaron indignación, se resolvieron en una conciliación sin ninguna consecuencia punitiva. 

Un ejemplo de estos casos fue el de la directora del distrito municipal Guayabal, en la provincia Santiago, quien, pese a que agredió a un agente de la Policía Nacional en un destacamento el pasado mes, no fue sometida a la justiciaFior Denis Tavárez pidió disculpas días después al agente del orden en medio de una conciliación avalada por el Ministerio Público. 

Sin embargo, otros no corren con la misma suerte como es el caso del cubano Julio César Llorente López, quien fue sometido el pasado 16 de agosto a tres meses de prisión preventiva por abofetear a un agente de tránsito el 10 de agosto. 

Rebelión contra autoridades se castiga con prisión

Oponer resistencia y la violencia que se ejerce contra los agentes de la fuerza pública, "si se ejecutaron cuando desempeñaba su oficio, o si lo fueron en razón de ese desempeño" se castiga con prisión de uno a seis meses si por consecuencia del incidente no hay lesión, establecen los artículos 209 y 230 del Código Penal. Si el agente resulta herido, de acuerdo a la gravedad, la sanción aumenta, prescribe al 309.

La citada calificación jurídica fue la que se le otorgó al caso del cubano a quien se envió a la cárcel de Najayo-Hombres desde principio de agosto tras imponérsele tres meses de prisión preventiva por la bofetada que dio al representante de la Digesett.

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó la pasada semana que la violencia que se ejerce contra un policía en ejercicio se sanciona con prisión porque este representa al Estado y, en consecuencia, es un delito "grave".

No obstante, en su argumentación para decidir la libertad de Julio César Llorente López, el cubano, dijo que este fue apresado de manera ilegal porque en el momento que golpeó al policía se le permitió marcharse y se ejecutó su arresto 24 horas después, razón por la que ya al día siguiente se requería la orden de un juez. Determinó que no fue "en flagrancia" como alegó la Digesett.

"Ni la Policía Nacional ni ningún organismo puede violar la ley" con el pretexto de garantizar el orden social, aclaró Isis Muñiz Almonte, presidenta de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte

Fuente Diario Libre

 

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