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Libertad pura y simple para cubano que agredió agente; proceso en su contra no ha terminado

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La corte afirmó que el acusado fue apresado de manera ilegal, un día después del incidente y sin la orden de un juez

 

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ordenó la libertad pura y simple a favor del cubano que dio una bofetada a un agente de la Digesett que lo multó por hablar con el celular mientras conducía.

Para argumentar su decisión, los jueces afirmaron que Julio César Llorente López fue apresado de manera ilegal por los miembros de la Digesett que alegaron lo hicieron de manera flagrante. Sin embargo, el apresamiento se produjo un día después del incidente sin la orden de un juez.

Según el tribunal, las argumentaciones de la institución de tránsito, en la audiencia de hoy, fue contradictoria, al alegar que informó al Ministerio Público antes de ejecutar la detención de Llorente López, lo que da a entender que la aprehensión no fue en el acto.

 

Recordó que la ley faculta incluso a un ciudadano a detener a otro en flagrancia y que cuando no es en esa condición se necesita la orden de un juez.

El tribunal sostuvo que la parte querellante "no solamente incurre en contradicción al momento de hacer sus argumentaciones, sino que deja entrever un desconocimiento de la norma" procesal penal "para justificar la flagrancia en una supuesta persecución continua".

 

Acusación es grave, pero se "debe garantizar el orden con orden"

La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional calificó la acción del cubano como "reprochable y que apareja privación de libertdad" porque fue contra el Estado, pero consideró que "ni la Policía Nacional ni ningún organismo puede violar la ley" con el pretexto de  garantizar el orden social.

"Resulta lastimoso ver cómo la propia autoridad viola la ley al momento de llevar a cabo el arresto del ciudadano (el cubano) pretendiendo montar sus actuaciones en un caso de flagrancia"

 La corte estuvo conformada, además de Muñiz Almonte, por los magistrados Teófilo Andujar y Rosalba Garib.

Fuente Diario Libre 

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