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Más de 17 mil personas han muerto desde que se aprobó la ley de tránsito

 Más de 17 mil personas han muerto desde que se aprobó la ley de tránsito

Cada año se supera por mucho los 2,000 y, algunas veces, los 3,000 fallecidos

 

Con la promulgación de la Ley 63-17, en febrero del 2017, muchos sectores tenían la expectativa de que, además de desaparecer la diversidad de instituciones con un cometido similar en el tránsito, también se implementarían políticas que acabarían con la inseguridad vial. Seis años después de la normativa, transitar por las carreteras dominicanas sigue conllevando un riesgo fatal, con números de fallecidos al año que superan por mucho los 2,000 y, algunas veces, los 3,000.

Un recuento, basado en las estadísticas suministradas por las propias autoridades, arroja que, en los últimos seis años, desde el 2017 hasta el pasado año 2022, un total de 17,613 personas han perdido la vida en accidentes de tránsito.

El trasladarse de un lugar a otro en República Dominicana no es solo peligroso, también es estresante. En ese arriesgado ajetreo los ciudadanos invierten más tiempo y, también, utilizan un deteriorado sistema de transporte con pequeñas mejoras en la actual gestión gubernamental.

 

El director del Intrant, Hugo Beras, señala que solo ese organismo y los ayuntamientos de cada jurisdicción son los facultados para tomar decisiones relacionadas al tráfico y no otras entidades a las que la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, les atribuye responsabilidades. 

"Tú estás poniendo en tránsito un todo", respondió a Diario Libre que le mencionó las más de diez instituciones que se citan en la ley y otras que se crean por decretos. El funcionario afirmó que las que se ocupan de transporte no tienen nada que ver con el tránsito.

 

En la práctica son una decena de instituciones las que accionan en el tránsito. La Ley 63-17 creó el Consejo de Dirección del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Codintrant), integrado, además del Intrant y por el ministro de Obras Públicas, quien lo dirige, por otras seis entidades, entre ellas Salud Pública, los ministerios de Economía e Interior y Policía. El Codintrant tiene "potestad para elaborar y someter los reglamentos correspondientes al Poder Ejecutivo para los fines de lugar", establece la legislación en su artículo 11.

La Procuraduría General de la República, que forma parte del Codintrant, no posee facultades de normar el tráfico, pero tiene, entre sus funciones, el cobro de las multas, como consecuencia de las infracciones; administrar y organizar "casas de conductores y las casas cárceles" y hasta la de coordinar con el Ministerio de Educación (Minerd) la educación vial en las escuelas.

 

A seis años de la legislación,  el inicio de la educación vial se anunció el pasado lunes 28 de agosto, con el inicio del año escolar. Otras de las disposiciones que contempla la ley, incluso la 241, de hace más de 50 años y que nunca se ejecutó, es el sistema de licencias por puntos para los ciudadanos infractores de las normativas y con el que los reincidentes en las violaciones podrían perder la licencia. El Intrant contempla ponerlo en vigencia entre septiembre y octubre de este año. 

Aunque no está incluida en el Codintrant, entre las tareas que la Ley 63-17 asigna a la Dirección General de Impuestos Internos se incluye la emisión de placas y que tiene también bajo su "dependencia y administración" el Registro Nacional de Vehículos de Motor.

Otra de las instituciones claves es la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), que sustituyó a la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) y la Metropolitana de Transporte de Santiago (Ametrasan). En el 2021, se creó por decretos el Gabinete del Transporte y la Oficina de Desarrollo de Proyectos de Movilidad Urbana e Interurbana, con los que se apodera al Ministerio de la Presidencia la organización del transporte urbano e interurbano. 

Fuente Diario Libre

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