El feminicidio es un concepto social en la República Dominicana que no está contemplado en su legislación como tal, tampoco existen tipificaciones específicas ante actos de violencia entre parejas homosexuales
La familia de Yennely Duarte Hilario ha afirmado que la joven, asesinada por su amiga, sostuvo en el pasado una relación sentimental con ésta y señalan la "molestia" por el establecimiento de un nuevo vínculo heterosexual como el móvil del horrendo crimen.
A raíz de las características del caso por el que la victimaria confesa Ammy Hiraldo, de 21 años, cumple prisión preventiva en la cárcel Rafey Mujeres, surge la interrogante de si este crimen podría considerarse un feminicidio.
Por los desacuerdos en el Congreso Nacional para reformar el Código Penal, el feminicidio se mantiene como un constructo social en la República Dominicana usado para delimitar y abordar los tipos de violencia: "El feminicidio es el homicidio intencional de una mujer a manos de su pareja por razones de género".
Ninguna persona ha sido condenada por feminicidio, si no por homicidio o asesinato en República Dominicana, que son los tipos penales junto al parricidio, infanticidio y envenenamiento (artículos 295, 296, 299, 300 y 302 del Código Penal Dominicano), bajos los cuales se condena la muerte de una persona.
¿Feminicidio, homicidio o asesinato?
Diario Libre consultó a tres fiscales, tres abogados, un sociólogo y un psicólogo sobre el tema y tuvieron opiniones diversas. Sin embargo, atendiendo al vacío en la legislación dominicana, lo primero que se debe tomar en cuenta es que la figura del feminicidio, sin importar que se trate de casos de parejas heterosexuales u homosexuales, no es un concepto jurídico actualmente.
Ahora bien, atendiendo a la definición social y la adoptada por otros países que sí tipifican el feminicidio, los abogados penalistas Marisol García y Jean Cristofer Pérez son de la opinión de que la muerte de Duarte Hilario no es un feminicidio, sino un asesinato.
- "El feminicidio tiene unas particularidades. De acuerdo a lo que se ha definido como feminicidio debe de imperar ahí una relación hombre-mujer, no mujer-mujer, y eso se da porque hay una diferencia de fuerza, de potestad y de posición de un hombre frente a una mujer", expresó García.
Contrario a su opinión, la titular de la Dirección de Violencia de Género de la Procuraduría Nacional, Ana Andrea Villa Camacho, considera que la muerte de una mujer a manos de su pareja o expareja del mismo sexo puede considerarse un feminicidio.
"Son parejas", sustenta su opinión con lo establecido en la guía "Comprender y abordar la violencia contra las mujeres" del año 2013 publicado por el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe.
El abogado Carlos Salcedo indicó que si la legislación dominicana tipificara el feminicidio, la imputada podría enfrentar ese cargo, valiéndose de que el feminicidio es el asesinato de una mujer sin importar el sexo de su victimario, así también opinó el sociólogo Celedonio Jiménez.
"El crimen entra en lo que llamamos feminicidio, pero no en lo que llamamos feminicidio íntimo, que es cuando un hombre mata a una mujer. Sin embargo, el hecho mismo de matar a una mujer es un feminicidio", dijo Jiménez, a la vez, indicó que la comisión de estos tipos de crímenes evidencia los altos niveles de violencia y poca tolerancia en la sociedad.
Fuente Diario Libre
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