SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Fueron
embargadas las cuentas bancarias de los ministros Alejandrina Germán, Donald
Guerrero Ortiz, Luis Reyes Santos, Francisco José Reyes Valerio y de la
Universidad Autónoma de Santo Domingo, debido al incumplimiento de la sentencia
294, la cual obliga a pagar la suma de RD$ 9 millones 042 mil 628,00 al doctor
Carlos Manuel Féliz Cuello, como compensación por los daños y perjuicios.
La sentencia emitida en el 2004 por la Corte de
Apelación de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional mediante un
recurso de casación, establece que las partes, hoy embargadas, deben responder
con el pago de una indemnización aplicada por el tribunal a favor del doctor
Carlos Manuel Féliz Cuellos, debido a los daños y perjuicios ocasionados
durante un desalojo llevado a cabo en el 2002 en un negocio de servicios y
bienes que operaba en un local en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).
Señala Acento.com que de acuerdo con el abogado Rafael Helena Regalado, esta no ha sido
la primera vez en que se ha tenido embargar a las cuentas bancarias de los
incumbentes, debido a que estos se rehúsan a emitir el pago de costas
correspondientes.
Desde el pasado 02 de julio del presente año, el
ministro Donald Guerrero Ortiz y Luis Baldemiro Reyes Santos tienen los fondos
registrados en el banco BHD León retenidos.
Según consta en la referida notificación, al momento
del embargo Guerrero Ortiz no disponía de fondos, por lo que su registro no
resultó afecto. Mientras que Reyes Santos disponía de un duplo de Nueve
Millones Cuarenta y Dos Mil Seiscientos Veintiocho Pesos Dominicanos con 00/100
(RD$9, 042,628.00).
Sin embargo, la ministra Alejandrina Germán,
Francisco José Reyes Valerio y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD),
forman parte de la cartera de clientes de dicha entidad, pero fueron recusados
del embargo retentivo y a terceros mediante el Banco Central, Scotiabank, Santa
Cruz y Banreservas.
Se recuerda que el señor Carlos Manuel Feliz Cuello,
a través de sus abogados hizo el reclamo al Ministerio de Hacienda y a la
Dirección General de Presupuesto, por violar la Ley 86-11 y el artículo 148 de
la Constitución.
En el documento legal también precisa que no solo las
instituciones públicas que administran fondos públicos deben de responder por
las demandas de ciudadanos afectados en sus derechos, sino que también sus
funcionarios o agentes serán responsables, conjunta y solidariamente, de
conformidad con la ley, y por los daños y perjuicios ocasionados a las personas
físicas o jurídicas por una actuación u omisión administrativa antijurídica.
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